Parking
Público
Vigilado
Este aparcamiento regula su actividad mercantil de conformidad con la Ley 40/2002, de 14 de Noviembre, reguladora del contrato de aparcamiento de vehículos, y con los términos y condiciones que se contienen en estas Normas Generales. El hecho de entrar con un vehículo o andando en este establecimiento implica la aceptación de estas normas reglamentarias.
En este aparcamiento, los vehículos en régimen de abono fijo de aparcamiento diario o mensual dispondrán de una plaza, sea fija o variable, mientras que los demás vehículos podrán estacionar su vehículo, salvo indicación en contrario por estar completo, siempre de los límites de una sola plaza señalizada como tal y no reservada o eventualmente, en el lugar indicado por un empleado.
El uso de más de una plaza por un aparcamiento se abonará por el precio de dos plazas.
El usuario tomará o se le proporcionará el ticket a la entrada o, en su caso, entrará utilizando la tarjeta de abonado. No dejará nunca el ticket en el interior de su vehículo.
Los abonados y clientes en general se ajustarán a las señalizaciones de entrada, control y salida establecidas.
Los usuarios deberán respetar las señales y, en su caso, las indicaciones de los empleados que siempre prevalecerán sobre cualquier señalización existente.
El viandante tendrá prioridad y sólo utilizará las rampas de vehículos cuando estén, en ocasiones excepcionales, señalizadas.
Los vehículos circularán a velocidad moderada, a un máximo de 10 km/h. Al arrancar o salir de una plaza no calentará el automóvil en la plaza sino circulando. Solamente se mantendrán los vehículos con el motor en marcha, cuando circulen o durante las maniobras de entrada o salida de su plaza de aparcamiento. Nunca mientras estén estacionados.
Al estacionar su vehículo en una plaza de este garage, está usted aceptando expresamente la celebración de un contrato de aparcamiento que tiene como único fin el estacionamiento de su vehículo por un tiempo, a cambio de un precio.
En virtud de lo anterior, queda totalmente prohibido utilizar la plaza para cualquier otro fin que no sea la ocupación de la misma para el estacionamiento del vehículo, ni ocupar ni utilizar el vehículo para cualquier fin mientras esté estacionado. En concreto, queda prohibido:
En caso de avería el usuario contactará con los empleados y seguirá sus instrucciones.
En general, ante cualquier duda o eventualidad, el usuario se dirigirá a los empleados del garaje-aparcamiento.
La formalización del contrato entre empresa y usuario podrá ser verbal o escrita.
Se establecerán libremente entre ambas partes las modalidades del contrato según las posibilidades de la empresa y las necesidades del cliente abono de 24 horas, sólo diurno, sólo nocturno, de fin de semana, etc.
El contrato de abono mensual, sea verbal o escrito, se formalizará siempre con una duración de un solo mes, renovándose tácitamente por otro periodo similar al expirar cada mes hasta que cualquiera de las dos partes decida, libremente, resolverlo enviando a la otra parte una comunicación fehaciente con quince días de antelación.
La tarifa mensual de abono de estacionamiento del vehículo deberá ser satisfecha, por anticipado, entre los días 1 al 5 de cada mes, del modo acordado con la empresa.
Los abonos mensuales que no sean atendidos a su vencimiento a final de mes, sufrirán un incremento del cinco por ciento (5%) el primer mes de demora, del diez por ciento (10%), al final del segundo y, a partir del tercer mes, y como medida cautelar, se procederá a la inmovilización del vehículo para garantizar la deuda en aplicación de lo previsto en el artículo 5.3 de la ley 40/2002 reguladora del contrato de Aparcamiento de Vehículos.
En el momento de concertar el abono, el abonado deberá satisfacer al contado la cuota correspondiente al primer mes y, asimismo, satisfará un depósito a la entrega de la tarjeta, la llave y el mando electrónico de acceso.
En este garage-aparcamiento NO se presta el servicio especial de custodia de objetos o accesorios propiedad de clientes por lo que deberán retirarlos de sus vehículos mientras permanecen estacionados en ese local.
En las horas en que el local permaneciera centrado el cliente abonado entrará y saldrá del estacionamiento accionando la puerta con el mando a distancia o con el sistema establecido en cada momento por el titular del local, comprobando, mientras dure la operación de apertura o cierre de la puerta, que no se introduzca ningún intruso en el local.
El abonado mensual dispondrá, en todo momento dentro del horario pactado, de plaza.
Si tiene contratada una plaza fija, la plaza estará a disposición de quien la haya contratado para estacionar en ella, exclusivamente salvo autorización del responsable del garage-aparcamiento, el automóvil para el que la haya contratado, no ninguna motocicleta, bicicleta,o cualquier tipo de objeto como remolques u otro tipo de enseres, como hemos dicho, salvo autorización del garage-aparcamiento.
Si en algún caso encontrara su plaza ocupada, por motivos ajenos a la propiedad del garage, se dirigirá al responsable quien le indicará donde aparcar provisionalmente hasta que pueda utilizar su plaza.